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Accesibilidad

Declaración de Accesibilidad

La Universidad Miguel Hernández de Elche se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público .

La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web http://sede.umh.es

Situación de cumplimiento

Este sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a las excepciones y a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

Contenido no accesible

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:

  1. Falta de conformidad con el RD 1112/2018.

    En el portal existen contenidos enlazados en forma de medios tempodependientes que no disponen de audiodescripciones [requisitos 9.1.2.3 Audiodescripción o Medio Alternativo (grabado) y 9.1.2.5 Audiodescripción (grabado) de UNE-EN 301549:2019].

    Hay archivos ofimáticos en PDF, como el Reglamento de Administración Electrónica de la UMH, que aunque fueron publicados antes de la entrada en vigor del Real Decreto 1112/18, son necesarios para tareas administrativas activas relativas a las funciones realizadas por la UMH, que no cumplen con algunos requisitos de accesibilidad.

    Podrían existir fallos puntuales de edición en alguna página web, ya que el mantenimiento de este sitio web se realiza por personal no técnico.

  2. Carga desproporcionada.

    No aplica.

  3. El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable.

    Existen archivos ofimáticos en PDF, que son contenidos de terceros que no están financiados ni desarrollados por la UMH ni están bajo su control, que no cumplen todos los requisitos de accesibilidad.

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el 10 de septiembre de 2020.

El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por el propio organismo.

Última revisión de la declaración: 22 de septiembre de 2023.

Observaciones y datos de contacto

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del RD 1112/2018) como por ejemplo:

  • informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
  • transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
  • formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web.

A través de la dirección de correo electrónico accesibilidadweb@umh.es o llamando al teléfono 96 665 8956.

Las comunicaciones serán recibidas y tratadas por el Servicio de Innovación y Planificación Tecnológica, como Unidad Responsable de Accesibilidad de la Universidad Miguel Hernández de Elche.

Procedimiento de aplicación

El procedimiento de reclamación recogido en el artículo 13 del RD 1112/2018 entró en vigor el 20 de septiembre de 2020.

Las solicitudes de información accesible y quejas serán presentadas y registradas conforme a los requisitos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dicho trámite podrá realizarse mediante instancia general presentada a través de la Sede electrónica de la UMH en https://sede.umh.es/procedimientos/instancia-general/ o de forma presencial en el Registro General de la Universidad y en los registros auxiliares de éste ubicados en los centros de gestión de campus, dirigida a la Unidad Responsable de Accesibilidad (Servicio de Innovación y Planificación Tecnológica).

Procedimiento de reclamación. Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5 del RD 1112/2018, la persona interesada podrá iniciar una reclamación para conocer y oponerse a los motivos de la desestimación, instar la adopción de las medidas oportunas en el caso de no estar de acuerdo con la decisión adoptada, o exponer las razones por las que se considera que la respuesta no cumple con los requisitos exigidos.

Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta, que deberá ser presentada y registrada conforme a los requisitos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Contenido opcional

Este sitio web aplica los requisitos de la Norma UNE-EN 301549:2019 considerando las excepciones del RD 1112/2018.

La última revisión de la accesibilidad se ha realizado en septiembre de 2023.

El sitio web está diseñado para su visualización y adaptación a dispositivos móviles y la revisión de accesibilidad se ha realizado con el navegador Google Chrome y el lector de pantalla NVDA.